Martes, Junio 17, 2025
  1. Se podrá determinar la exención total o parcial de la fase de formación en empresa o de sus estancias formativas, por su correspondencia con la experiencia laboral únicamente en el marco del régimen general, no siendo posible en el régimen intensivo. La exención total o parcial del periodo de formación en empresa u organismo equiparado se regirá por lo dispuesto en los artículos 131, 161 y 177.3 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
  2. Podrán solicitar dicha exención, el alumnado que acredite una experiencia laboral de un año a tiempo completo o su equivalente, que se corresponda con la oferta formativa que curse. Únicamente será válida la experiencia laboral de los cinco años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de exención.

Quedan excluidos de la posible exención del periodo de formación u organismo equiparado el alumnado que curse ciclos formativos de grado superior de la familia profesional de Sanidad, de acuerdo con el Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas, artículo sexto.

  • El Departamento de Información y Orientación Profesional (DIOP) del CIFP de Lorca presta un servicio de atención a consultas relacionadas con la inserción laboral y búsqueda de empleo, itinerarios formativos o autoempleo y procesos de matriculación. Estas consultas se pueden realizar presencialmente o mediante correo electrónico.

    • Ver horario de atención pulsando aquí.
    Encuesta de satisfacción sobre la atención recibida por los miembros del departamento. Aquí.
  • Bolsa de trabajo del Centro Integrado de Formación Profesional de Lorca en la que se recogen tanto ofertas por parte de empresas como los datos de los alumnos que quieren ser incluidos en la mismas

    Para cualquier duda o información no dude en ponerse en contacto con el Departamento de Información y Orientación Profesional.

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